La Ley 6425 establece la creación en el ámbito de la Policía de la Provincia de Corrientes del Gabinete de asistencia Psicológica para el personal policial, así como la obligatoriedad de la realización de un examen cada dos años de aptitud psicológica para la totalidad del personal policial y penitenciario que porte armas de fuego y la práctica mínima obligatoria mensual de tiro para los efectivos policiales en actividad, siendo el Gobierno de Corrientes quien debe proveer los recursos necesarios para el cumplimiento de dicha norma.
En la actualidad, esta ley es letra muerta. Nuestros agentes deben ser tenidos en cuenta en su aspecto humano. Ante situaciones post-traumáticas requieren que un cuerpo especializado y exclusivo pueda brindarle la contención y el apoyo que debemos garantizar.
La práctica de tiro hace a nuestra fuerza más profesional y el cuerpo de salud mental hace a nuestra fuerza más humana.
Por ello, vamos a dar cumplimento a la Ley 6425 con su respectiva reglamentación y dotar a la Policía de la Provincia de los recursos que necesita y se merece para ser una FUERZAS MÁS HUMANA Y PROFESIONAL.